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Innovando, nace de la idea de plasmar los análisis y reseñas, de la materia Formación Socio Critica a modo de enseñanza y evaluación critica en función de los tópicos que se manejan actualmente en el Programa Nacional de Formación dentro de la mención Informática.

Evaluación del desempeño estudiantil en los PNF

     La resolución 2593 publicada en Caracas el 10 de enero del 2012 años (201º y 152º) nos habla sobre la nueva resolución o la actualización de los presentes acuerdos a de los lineamientos para la evaluación del desempeño estudiantil en los PNF en el país, nos hace un resumen que van de lo general a lo especifico en ello describe lo siguiente: el supremo compromiso y la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la constitución del socialismo, la refundación de la República Bolivariana de Venezuela, basado en los principios humanísticos, se sustenta en condiciones tanto morales como éticas que persiguen el desarrollo de la patria y el colectivo, el desarrollo del país requiere de una educación universitaria con justicia ,compromiso social y fundamental.

La evaluación en los PNF en el marco de la Misión Sucre y Misión Alma Mater, comprende la participación de docentes, estudiantes, personal administrativo y directivo, comunidades, así como la valoración de los procesos de diseño curricular, las prácticas educativas, los aprendizajes y las experiencias, la interacción de los participantes, la disponibilidad y el uso de materiales de formación e instalaciones educativas, la articulación entre las fundaciones de integración intelectual, formación integral y vinculación integral con los espacios territoriales, los impactos sobre la comunidad inmediata y la correspondencia con las necesidades socio-productivas de cada región. 


Lineamientos de evaluación del desempeño estudiantes en los programas nacionales de formación:

El principal objetivo de los Proyectos Nacionales de Formación (PNF) es la evaluación y seguimiento del desempeño de los estudiantes a lo largo de las fases de dicho programa, en el articulo 2 y 3 hace referencia que cuya aplicación es solo a las instituciones que están suscritos al programa y que su evaluación se basa en la valoración de aprendizajes alcanzados por los estudiantes así como sus conocimientos, habilidades y saberes.

La evaluación constante del estudiante es participativa, critica, consensuada, integral y flexible; basándose en un proceso democrático que promueve en análisis, considera procedimientos observando procesos alcanzados como logros formativos creando estrategias y adaptándose a diversas situaciones y condiciones del proceso formativo.

De igual forma se compone de principios manteniendo la corresponsabilidad entre el proceso y los implicados, garantiza justicia para evitar exclusión siendo transparente en procesos y resultados que se llevaran a cabo en una evaluación, considera al ser humano en cuanto a su cultura, limitaciones y valoraciones así como permite la orientación y reorientación del proceso de formación mejorando paulatinamente el desempeño institucional.

El proceso de evaluación del PNF se basa en tres (3) fases de evaluación:
  • Inicial: Evalúa los conocimientos y habilidades evidenciadas en los alumnos venidos de un proceso de aprendizaje distinto y tratándolos de adaptar a los nuevos procesos de educación.
  • De Desarrollo: Construye reflexiones sobre logros por alcanzar y acciones para lograrlo.
  • Final o de Cierre: Muestra los logros alcanzados en forma integral.


Las formas y niveles de participación de la educación cuenta con la sustentación de los artículos 7 y 8 en ellos nos aclaran lo siguiente:
Artículo 7 nos describe la forma de participación de la evaluación en los PNF estos son:
  • Autoevaluación: Le permite a los estudiantes conocer sus virtudes y limitaciones enfocándolos a emprender acciones para alcanzar el total desarrollo de sus conocimientos y habilidades.
  • Coevaluación: Es reciproca entre los mismo estudiantes contando sus experiencias.
  • Heteroevaluación: El docente evalúa al estudiante. Puede incluir la participación de los órganos académicos de la institución y los entes locales, comunitarios y territoriales pertinentes.


Sobre los niveles de participación de la evaluación de los PNF estas involucrados los docentes encargados del plan de evaluación y la aceptación de dicho plan por parte de los estudiantes, las autoridades que son las encargadas de evaluar y aprobar de manera definitiva el Plan de Evaluación y los encargados de discutir, evaluar y ajustar cambios de dicho plan, los estudiantes por su puesto con la participación del docente.
Los estudiantes están en la obligación de velar que las actividades acordadas dentro de un plan de evaluación sean oportunidades de pensar, adquirir destrezas y alcanzar objetivos ya que como lo indica el artículo 10, las actividades garantizaran el éxito del aprendizaje.


El capítulo II nos concreta la planificación de la evaluación en los artículos de 12 al 14.

Artículo 12 nos ilustra el plan de evaluación que se define como el instrumento que permite organizar las diferentes acciones para la valoración de los aprendizajes logrados por los estudiantes.

Artículo 13 contemplar el cómo mínimo:
  • Elementos, incluyendo indicadores de logros y objetivos que orientes el proceso formativo.
  • Estrategias a desarrollar incluyendo actividades para la evaluación de cada elemento.
  • Ponderación asignada a cada actividad para evaluar los resultados considerando los tipos de evaluación y forma de participación.
  • Indicar el tipo de evaluación.
  • Cronograma y duración indicado la fecha y el lapso de ejecución de la evaluación.


Artículo 14 nos precisa que en la primera semana de haber iniciado las actividades académicas del trayecto correspondiente, el profesor, en cada unidad curricular, está en la obligación de mostrar y discutir la propuesta del plan de evaluación con los estudiantes, este deberá ser firmado por ambas partes como acuerdo y respaldo, debe ser entregado al ente administrativo en la tercera semana de actividades en la unidad académico-administrativo correspondiente.
Si hubiera algún tipo de modificaciones deberán realizarse por escrito justificándola debidamente. Las ponderaciones de las actividades estarán establecida entre un mínimo de (5%) y un máximo de veinticinco (25%) sin ningún tipo de alteración.


El Capítulo III nos hace referencia a la aprobación de los componentes del desarrollo curricular, en el artículo 15 y 16 desarrolla los criterios para la evaluación del proyecto y los evaluadores de dicho proyecto:

Pertenencia y vinculación con las comunidades participando activamente en el desarrollo de las fases de los proyectos para lograr el cumplimiento de los requisitos mínimos formales de una investigación. Para el proyecto es necesario contar con , los estudiantes que lo efectuaron, un representante del consejo comunal o institución donde se ejecuto el proyecto y el docente asesor del mismo.


El Capítulo IV nos plantea las calificaciones del desempeño estudiantil en los PNF

La calificación se expresará en una escala del uno (01) al veinte (20). La nota mínima aprobatoria para las unidades curriculares es de doce (12) y para el proyecto dieciséis (16).

El artículo 26 especifica a cuanto plan especial de recuperación se refiere:
Para que el estudiante tenga derecho a inscribir un máximo de tres (3) unidades curriculares no aprobadas en el trayecto en el plan especial de recuperación deben existir las siguientes condiciones en cada una de las unidades curriculares:
  • Haber obtenido la calificación mínima de seis (6) puntos.
  • Haber asistido con un mínimo de un setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presenciales de la unidad curricular.

El plan especial de recuperación no aplicara para el proyecto

Si los estudiantes incurren en faltas en donde se vea comprometida su evaluación, el docente este en pleno derecho de realizar un acta exponiendo la situación y las medidas o sanciones que estos deberán cumplir, dicha acta deberá ser enviada a las instancias académicas correspondientes.