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Innovando, nace de la idea de plasmar los análisis y reseñas, de la materia Formación Socio Critica a modo de enseñanza y evaluación critica en función de los tópicos que se manejan actualmente en el Programa Nacional de Formación dentro de la mención Informática.

Artículos de la Constitución relacionados con el Proyecto Socio Tecologico

Artículos de la Constitución relacionados con el Proyecto Socio Tecnológico


Artículo 58. La comunicación es libre y plural y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral.

Artículo 102. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social, consustanciados con los valores de la identidad nacional y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana, de acuerdo con los principios contenidos en esta Constitución y en la ley.

Artículo 108. Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. El Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información. Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.

Artículo 109. El Estado reconocerá la autonomía universitaria como principio y jerarquía que permite a los profesores, profesoras, estudiantes, egresados y egresadas de su comunidad dedicarse a la búsqueda del conocimiento a través de la investigación científica, humanística y tecnológica, para beneficio espiritual y material de la Nación. Las universidades autónomas se darán sus normas de gobierno, funcionamiento y la administración eficiente de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tales efectos establezca la ley. Se consagra la autonomía universitaria para planificar, organizar, elaborar y actualizar los programas de investigación, docencia y extensión. Se establece la inviolabilidad del recinto universitario. Las universidades nacionales experimentales alcanzarán su autonomía de conformidad con la ley.


Artículo 110. El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el Estado destinará recursos suficientes y creará el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la ley. El sector privado deberá aportar recursos para las mismas. El Estado garantizará el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanística y tecnológica. La ley determinará los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía.



Análisis general:
Estos artículos guarda relación con los proyectos sociotecnologicos primero porque como se indica en el articulo 58: "todo estudiante tiene derecho a recibir la adecuada información para su desarrollo", en los proyectos nosotros ponemos en practica nuestros conocimientos, abordamos comunidades y mayormente escuelas en donde se demuestra el nivel educativo y el nivel de desarrollo de estudios en relación a la carrera que se cursa todo esto para el desarrollo satisfactorio de dicho proyecto y concluir positivamente y de igual forma el objetivo principal que es el de darles las herramientas necesarias a la comunidad no solo para que aprenda y utilicen las nuevas tecnologías sino que además sepan desenvolverse en ellas.

Dando un ejemplo de ello, podríamos indicar el caso de nuestro proyecto una unidad educativa en donde manejan varias computadoras pero no tratan de ver por ellas, algunas poseen virus debido a que no tienen un antivirus correcto o actualizado, otras presentan fallas en el inicio, congelamiento completo de los procesos del sistema, no les hacen la debida limpieza trimestral, son factores que se van juntando a lo largo de ciento tiempo y viendo en forma clara trae las consecuencias antes mencionadas, ahora cual es nuestro objetivo? lograr un optimo funcionamiento en los equipos así como capacitar o ayudar a que en un futuro los empleados estén capacitados para realizar dicho mantenimiento que prevenga futuras nuevas fallas.

Allí entra el conocimiento adquirido a nivel práctico mediante procesos que hemos obtenido a lo largo de la carrera y eso es lo que se quiere trasmitir, nuestros conocimientos a modo de enseñanza de nuevos conocimientos para quienes no lo tienen y para que en un futuro puedan abordar cualquier problema que se les presente.


Realizado por:
Bravo Gabriela
Finol Mario
Vilchez Patricia